Querido Padre Angelo,
quería pedirle:
Si un matrimonio hace uso de anticonceptivos cuando tienen relaciones (como por ejemplo el preservativo) ¿comete pecado? ¿Es un pecado mortal o venial?
Si hacer uso de él es debido a ciertos problemas de salud para la mujer, que no puede sostener un embarazo, ¿es lícito?
Mil gracias por su disponibilidad, le recordaré en la oración.
Francesco
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Querido Francesco,
1.te contesto citando las enseñanzas de la Iglesia , sin agregar nada de mi parte.
Solamente quiero recordar que el juicio que da el magisterio se refiere a la materia, es decir al pecado en sí mismo. Es la llamada evaluación objetiva.
La evaluación concreta tiene también en cuenta la plena conciencia de la mente y el deliberado consentimiento de la voluntad. Esto es lo que se llama evaluación subjetiva.
2. En relación a la anticoncepción el Catecismo de la Iglesia Católica dice:
“Por la unión de los esposos se realiza el doble fin del matrimonio: el bien de los esposos y la transmisión de la vida. No se pueden separar estas dos significaciones o valores del matrimonio sin alterar la vida espiritual de los cónyuges ni comprometer los bienes del matrimonio y el porvenir de la familia.
Así, el amor conyugal del hombre y de la mujer queda situado bajo la doble exigencia de la fidelidad y la fecundidad” (CIC 2363).
3. Es más: La fecundidad es un don, un fin del matrimonio, pues el amor conyugal tiende naturalmente a ser fecundo. El niño no viene de fuera a añadirse al amor mutuo de los esposos; brota del corazón mismo de ese don recíproco, del que es fruto y cumplimiento. Por eso la Iglesia, que “está en favor de la vida”, enseña que todo “acto matrimonial en sí mismo debe quedar abierto a la transmisión de la vida” [Pablo VI, Humanae vitae, 11].. “Esta doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio, está fundada sobre la inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador” [Humanae vitae, 11] (CCC 2366).
4. En mi edición, además de la Humanae vitae, está citada también la encíclica Casti connubi de Pío XI.
De todas formas la encíclica de Pablo VI, hace referencia a ella.
Así Pío XI dice: “Ningún motivo, sin embargo, aun cuando sea gravísimo, puede hacer que lo que va intrínsecamente contra la naturaleza sea honesto y conforme a la misma naturaleza; y estando destinado el acto conyugal, por su misma naturaleza, a la generación de los hijos, los que en el ejercicio del mismo lo destituyen adrede de su naturaleza y virtud, obran contra la naturaleza y cometen una acción torpe e intrínsecamente deshonesta” (CC 20).
5. La declaración Persona humana de la Congregación para la Doctrina de la fe (29.12.1975) dice específicamente en relación a los pecados de tipo sexual: “por lo tanto, el hombre peca mortalmente no sólo cuando su acción procede de menosprecio directo del amor de Dios y del prójimo, sino también cuando consciente y libremente elige un objeto gravemente desordenado, sea cual fuere el motivo de su elección. En ella está incluido, en efecto, según queda dicho, el menosprecio del mandamiento divino: el hombre se aparta de Dios y pierde la caridad” (PH 10).
La caridad es el principio vivificador de la gracia porque conduce a Dios hacia nosotros y a nosotros hacia Dios, como se deduce de 1Jn 4, 16.
Al perder la caridad, perdemos la gracia y al fin nos encontramos en pecado grave.
Por lo tanto por parte del magisterio no cabe duda de que los varios desórdenes sexuales, comprendida la anticoncepción, constituyen objetivamente un pecado mortal grave.
6. Acerca de la segunda pregunta hay que tener en cuenta lo que enseña Juan Pablo II y es que “la anticoncepción es de juzgar objetivamente tan profundamente ilícita que nunca, por ningún motivo, puede ser justificada.
Pensar o decir lo contrario, equivale a pensar que en la vida humana se puedan verificar situaciones en las que sea lícito no reconocer a Dios como Dios” (17.9.1983).
La anticoncepción altera el significado de la sexualidad, deformando el proyecto santo de Dios sobre el amor humano y el matrimonio.
7. En el caso que la mujer no pueda llevar adelante un nuevo embarazo existe objetivamente la posibilidad de observar la ley moral teniendo en cuenta los periodos fértiles e infértiles del ciclo femenino.
El legítimo proyecto de los cónyuges de no aumentar el número de hijos, no tiene que llevarse adelante mediante la anticoncepción, sino más bien teniendo en cuenta los tiempos fecundos y no fecundos. Es lo que se llama continencia periódica o castidad matrimonial.
Respecto a lo cual el Catecismo de la Iglesia Católica dice:
“La continencia periódica, los métodos de regulación de nacimientos fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos infecundos son conformes a los criterios objetivos de la moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos, fomentan el afecto entre ellos y favorecen la educación de una libertad auténtica. Por el contrario, es intrínsecamente mala “toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación” [Humanae vitae, 16].
«Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal. […] Esta diferencia antropológica y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos implica […] dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables entre sí» (FC 32) (CCC 2370).
Esto es querido Francesco, lo que piensa la Iglesia acerca de los problemas que has expuesto.
El objetivo sobre todo es la santificación, la unión del hombre con Dios en el vínculo sobrenatural de la caridad.
Deseándote todo bien te bendigo y recuerdo en la oración
Padre Angelo
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