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Cuestión

Buenos días Padre Ángelo,

Me llamo Alessandro y me gustaría preguntarle sobre la validez de la Santa Misa. Hablando con un amigo sobre la cuestión de la validez de la Santa Misa, él subrayó como sea fundamental la importancia de celebrar la Santa Misa según las intenciones de la Iglesia, pena la invalidez de la misma.

Le insté al amigo a decir que los sacramentos son ex opere operato que lo que importa, es la materia y la forma, que en la Santa Misa son el pan de trigo sin levadura y el vino de uva y la fórmula » Tomen y comen, Esto es mi Cuerpo, que se entrega por ustedes…».

Él reiteró que, si el sacerdote no celebra según las intenciones de la Iglesia, es decir, o sea si no cree en la celebración como un sacrificio, ésta es inválida (él mismo preguntó a un sacerdote si creía en el sacrificio de la misa, a lo que respondió de manera negativa, por desgracia) y además, quienes participan en dicha celebración siendo conscientes de que no se celebra según las intenciones de la Iglesia cometen un pecado mortal.

Ahora mi pregunta es la siguiente

Si mi amigo tenía razón (y le pregunto si dice la verdad) ¿cómo es posible saber para un creyente si un sacerdote celebra según las intenciones de la Iglesia? ¿Quizás debería preguntar a cada sacerdote yendo a la sacristía antes de la misa?

Le agradezco y le recuerdo en la oración


Respuesta del sacerdote

Querido Alexander,

1. Para la validez de la celebración de un Sacramento y por lo tanto también de la Eucaristía, que es el más grande de los Sacramentos, en efecto es el Sacramento por excelencia, son ciertamente necesarias la materia, la forma y también la intención.

2. La materia está constituida por aquellos elementos sensibles y materiales con los cuales se celebra el sacramento. En nuestro caso se trata del pan de trigo y vino tomado de la vid.

3. La forma se constituye por las palabras consagratorias. En nuestro caso son los que se hablan de pan: «Este es mi cuerpo ofrecido como sacrificio por vosotros» y los que se hablan de vino: » Esta copa es la Nueva Alianza, que se derrama por ustedes y por todos en remisión de los pecados».

4. Pero es igualmente necesaria y determinante la intención de celebrar. De hecho no se trata de un rito mágico, sino de la voluntad personal del sacerdote de asociarse a Cristo, el celebrante principal, el sumo y eterno sacerdote, para que a través de nuestro ministerio Él haga presente en nuestros altares el sacrificio hecho en la cruz en beneficio de los presentes, por los que se ofrece y en beneficio de todos los vivos y muertos.

5. De hecho, hay que recordar que el ministro humano en la celebración de los sacramentos nunca actúa de manera completamente autónoma e independiente, como si fuera el dueño. Él es una persona llamada por Cristo a colaborar con él, en la línea de la causalidad secundaria e instrumental, para prolongar su sacerdocio y para la santificación de los hombres.

El ministro acepta conscientemente unirse a Cristo y colaborar con él. De hecho, acepta la invitación del Señor poniendo la intención de actuar según su voluntad y la de la Iglesia. Esta intención es absolutamente necesaria porque sólo así se une a Cristo.

6. Santo Tomás señala que la intención también es requerida por la naturaleza misma del instrumento, que en este caso es un instrumento humano. Ahora bien, mientras que para un instrumento inanimado basta el impulso del agente principal (el pincel pinta si se maniobra con la mano), por un «instrumento humano», que es libre, se requiere la adhesión de la voluntad, o sea, la intención de colaborar con el agente principal, es decir, con Cristo y con la Iglesia.

7. La intención también es requerida por la naturaleza de los signos sacramentales que, si no son naturales (como el humo es un signo de algo que se quema), deben ser determinados para significar algo en particular (el uso del agua puede prestarse a muchos propósitos).

8. La intención de hacer lo que cumple el Señor se indica en las palabras que se pronuncian en la celebración del sacramento (la forma). Sobre la necesidad de la intención el Concilio de Florencia (1439) se pronunció: «Todos los sacramentos se perfeccionan por tres realidades: por los elementos como materia, por las palabras como forma y por la persona del ministro que celebra el sacramento con la intención de hacer lo que hace la Iglesia: si falta uno de ellos, no se celebra el sacramento» (DS 1312).

Alejandro VIII condenó entonces la siguiente proposición: «Es válido el bautismo conferido por un ministro que observa todos los ritos externos y también la forma de bautismo, pero en su corazón dice: no pretendo hacer lo que hace la Iglesia» (DS 2328).

9. El sacerdote al que se refiere en su correo electrónico no cree en el sacramento de la Eucaristía que celebra, mientras que en realidad realiza un acto muy grave, es decir, un sacrilegio porque no celebra con las disposiciones morales requeridas, sin embargo, celebra válidamente. Por el mero hecho de presentarse en el altar para celebrar el Sacramento acepta dejarse determinar por la intención de la Iglesia allí presente.

O sea él pretende hacer lo que la Iglesia pretende aunque no lo crea.

10. Sólo en un caso el Sacramento no sería válido: si en su corazón dijera: «no tengo intención de consagrar», «ni pretendo dejarme determinar por la voluntad de la Iglesia aquí presente». Si lo hiciera, nadie se daría cuenta. El Sacramento se celebraría sólo en su exterioridad. Sería una farsa.

Es de esperar que ningún sacerdote haya tenido la intención de hacerlo.

Le agradezco la pregunta, le recuerdo al Señor y le bendigo.

Padre Ángelo