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Estimado Padre Angelo Bellon,
Le alego un extracto de un artículo de diario, del cotidiano “Il Mattino”, si bien la cuestión ya es de dominio público y todos están hablando de ello.
El Santo Padre dijo que podrían volverse a ver los contenidos de la “Humanae Vitae” de Pablo VI. La primera pregunta que me surge espontánea no es referida a la píldora en sí, que por cierto es importante, sino es la siguiente: nosotros, simples fieles, podemos fiarnos del Sumo Pontifice y de la Iglesia Docente cuando nos dicen algo, y luego, por ejemplo después de 50 años, nos dicen una cosa diferente?
Gracias por su atención.
Un cordial saludo.
Cristino
Respuesta del sacerdote
Querido Cristino,
1. el Papa no dijo que pueden ser revisados los contenidos de la encíclica de Pablo VI.
Además no es que cada palabra del Papa es Magisterio de la Iglesia, especialmente cuando habla en las entrevistas en las que no se le pide que exprese la doctrina de la Iglesia, sino más bien una opinión suya.
2. El Vademecum para los confesores del Pontificio Consejo para la familia (12.2.1997) escribe: ”La Iglesia siempre ha enseñado la intrínseca malicia de la contracepción, es decir de todo acto conyugal hecho intencionalmente infecundo. Esta enseñanza debe ser considerada como doctrina definitiva e irreformable. La contracepción se opone gravemente a la castidad matrimonial, es contraria al bien de la transmisión de la vida (aspecto procreativo del matrimonio), y a la donación recíproca de los cónyuges (aspecto unitivo del matrimonio), lesiona el verdadero amor y niega el papel soberano de Dios en la transmisión de la vida humana”(n. 2. 4).
3. ¿Qué se ha de entender por doctrina definitiva?
En la “Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la Professio fidei” de la Congregación para la doctrina de la fe que acompaña al motu propio Ad tuendam fidem (18.5.1998) de Juan Pablo II leemos: “De todos modos, el Magisterio de la Iglesia enseña una doctrina que ha de ser creída como divinamente revelada o que ha de ser sostenida como definitiva, por medio de un acto definitorio o no definitorio. En el caso de que lo haga a través de un acto definitorio, se define solemnemente una verdad por medio de un pronunciamiento « ex cathedra » por parte del Romano Pontífice o por medio de la intervención de un concilio ecuménico. En el caso de un acto no definitorio, se enseña infaliblemente una doctrina por medio del Magisterio ordinario y universal de los Obispos esparcidos por el mundo en comunión con el Sucesor de Pedro… En consecuencia, cuando sobre una doctrina no existe un juicio en la forma solemne de una definición, pero pertenece al patrimonio del depositum fidei y es enseñada por el Magisterio ordinario y universal – que incluye necesariamente el del Papa –, debe ser entendida como propuesta infaliblemente” (n 9).
4. Aún más: “En lo que se refiere a la naturaleza del asentimiento debido a las verdades propuestas por la Iglesia como divinamente reveladas o de retenerse en modo definitivo, es importante subrayar que no hay diferencia sobre el carácter pleno e irrevocable del asentimiento debido a sus respectivas enseñanzas. La diferencia se refiere a la virtud sobrenatural de la fe: en el primer caso, el asentimiento se funda directamente sobre la fe en la autoridad de la Palabra de Dios (doctrinas de fide credenda); en el segundo caso, el asentimiento se funda sobre la fe en la asistencia del Espíritu Santo al Magisterio y sobre la doctrina católica de la infalibilidad del Magisterio (doctrinas de fide tenenda)” (n 8).
5. El Magisterio de la Iglesia acerca de esta materia se expresó de forma colegial en el sínodo celebrado en el año 1980 cuya enseñanza fue propuesta por Juan Pablo II en la Familiaris consortio: “Este Sagrado Sínodo, reunido en la unidad de la fe con el sucesor de Pedro, mantiene firmemente lo que ha sido propuesto en el Concilio Vaticano II y después en la encíclica Humanae vitae, y en concreto, que el amor conyugal debe ser plenamente humano, exclusivo y abierto a una nueva vida” (FC 29).
6. Juan Pablo II profundizó y confirmó en variadas ocasiones la doctrina de la Humanae vitae.
En un pasaje importante de su magisterio así se expresó: “La primera, y en un cierto sentido la dificultad más grande (acerca de nuestro tema), es que también en la comunidad cristiana se han escuchado y se escuchan voces que ponen en duda la verdad misma de la enseñanza de la Iglesia. Esa enseñanza se expresó con vigor por el Vaticano II, por la encíclica Humanae vitae, por la exhortación apostólica Familiaris consortio y por la reciente instrucción Donum vitae.
Se evidencia a propósito de ello una grave responsabilidad: aquellos que se colocan en abierto contraste con la ley de Dios auténticamente enseñada por el Magisterio de la Iglesia, llevan a los esposos por un sendero errado.
Cuanto enseña la Iglesia acerca de la anticoncepción no pertenece a una materia libremente disputable entre los teólogos. Enseñar lo contrario equivale a inducir en el error la conciencia moral de los esposos” (5.5.1987).
7. Ante estas declaraciones no se puede ni siquiera imaginar que se pueda reformar el Magisterio.
También acerca de esto se aplica el dicho teológico: “Roma locuta, causa finita”. El Magisterio de la Iglesia ha hablado, la discusión ha terminado.
Augurándote todo bien, te bendigo y te recuerdo en la oración.
Padre Angelo