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Pregunta

Querido Padre Angelo,
deseo que usted esté viviendo en serenidad este mes dedicado a María.
Le escribo para pedirle dilucidaciones acerca de la gravedad de un acto pecaminoso en relación a la distinción entre un acto directamente contrario a la caridad y un acto contrario a la caridad en relación a los medios.
Después de haber analizado la pecaminosidad atribuida por la Moral en algunos tipos de pecados, me pareció entender que un pecado, puede ser grave solo si afecta a la caridad directamente, en cambio no, en cuanto a los medios.
En efecto, tomando como ejemplo el caso de la mentira, la que prescindiendo de los efectos que pueda tener, siempre es opuesta al propio fin (o sea, según entiendo, opuesta a la caridad en cuanto a los medios), he leído que la mentira se considera pecado mortal cuando daña gravemente al prójimo, oponiéndose de este modo directamente a la caridad. En cambio se la considera venial, cuando, no obstante se oponga a su propio fin, es sencillamente jocosa o bien que no acarrea daño alguno.
Observando otros ejemplos de pecado grave contra la caridad en cuanto a los medios, como aquellos graves de gula o los de lujuria, además de la alienación del fin natural del acto, hay una violación directa de la caridad (referido a sí mismos en el caso de la gula y hacia los demás en el de la lujuria).
Mi pregunta es entonces esta: ¿es correcto decir que un pecado puede ser mortal sólo cuando en forma directa, y no en cuanto a los medios, se opone a la caridad?
Le agradezco su atención y le deseo junto a su comunidad un feliz día en el inminente festejo de la Virgen del S. Rosario.
Matteo 


Respuesta del sacerdote

Querido Matteo,
1. sabiendo que tienes solamente 18 años, me alegra mucho constatar tu talento para las cuestiones teológicas, que no son sencillamente académicas, sino que tocan en profundidad nuestra vida.
Una pregunta fundamental que todos deberían hacerse es la siguiente: ¿qué es pecado mortal,  y qué no lo es?
Porque el pecado mortal es lo que hace morir la vida de comunión íntima con Dios, la vida de gracia.
Su consecuencia final, es la muerte eterna, es decir el infierno.
Quienquiera que tenga que hacer un viaje se preocupa por saber en forma detallada el camino que ha de recorrer para no terminar yendo hacia otro sitio.

2. Debiera ser suficiente confiar en aquello que dice Dios para saber qué es pecado grave y qué no lo es.
Dios dijo a través de la Sagrada Escritura que algunos pecados impiden entrar en el Reino de Dios. Lo que significa que se trata de pecados mortales.
Como ilustración aquí van dos listas de pecados que excluyen del Reino de Dios: “¿Ignoran que los injustos no heredarán el Reino de Dios? No se hagan ilusiones: ni los inmorales, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los pervertidos, ni los ladrones, ni los avaros, ni los bebedores, ni los difamadores, ni los usurpadores heredarán el Reino de Dios” (1 Cor 6, 9-10). “Se sabe muy bien cuáles son las obras de la carne: fornicación, impureza y libertinaje, idolatría y superstición, enemistades y peleas, rivalidades y violencias, ambiciones y discordias, sectarismos, disensiones y envidias, ebriedades y orgías, y todos los excesos de esta naturaleza. Les vuelvo a repetir que los que hacen estas cosas no poseerán el Reino de Dios” (Gal 5,19-21).

3. Como Dios ha dado al hombre la inteligencia, es normal y también un deber interrogarse acerca de la razón por la qaue ciertos pecados excluyen del Reino de Dios.
Es justamente lo que estás haciendo con la pregunta que has expuesto.
Un gran maestro que nos ayuda a resolver este asunto es Santo Tomás de Aquino.

4. Esto es lo que dice: “se llama pecado mortal lo que quita la vida espiritual derivada de la caridad y por la que Dios inhabita en nosotros. Por eso es pecado mortal, en su género, lo que de suyo contraría esencialmente a la caridad” (Suma teológica, II-II, 35, 3).
Y sigue: “Siendo, pues, el pecado una cierta enfermedad del alma, un pecado se califica de mortal a semejanza de la enfermedad, la cual se dice mortal porque lleva consigo un mal irreparable, consistente en la destrucción de algún principio (necesario). Mas el principio de la vida espiritual, la cual es según la virtud, es el orden al último fin. El cual, si en efecto fuera destruido, no se puede reparar por (otro) principio intrínseco, sino solamente por el poder de Dios…
Mas los pecados cuyo desorden está en las cosas que se ordenan al fin y que conservan el orden a dicho fin, son reparables. Estos se llaman veniales” (Suma teológica, I-II, 88, 1).

5. Lo que has dicho concuerda con el pensamiento de Santo Tomás.
Sin embargo la simple afirmación “un pecado, puede ser grave sólo si afecta directamente a la caridad” podría ser motivo de confusión y error.
Porque se puede ir en contra de la caridad no solamente de forma directa, sino también indirectamente.
De hecho porque la caridad es en sí misma amistad sobrenatural con Dios, y porque los amigos tienen entre ellos un mismo querer y no querer, cuando se hace algo que contraría la voluntad de un amigo, alterando o profanando algo que él ha hecho con admirable sabiduría y amor, de hecho la amistad se resquebraja y se rompe.
Por lo tanto se puede pecar gravemente aun cuando se vaya contra la caridad indirectamente.

6. Volviendo a la distinción que hace Santo Tomás y tú has retomado, la pregunta que ahora surge es la siguiente: ¿cuál es el fin y cuáles son los medios?
Mirando el decálogo podemos decir que los tres primeros preceptos se refieren directamente a Dios, que es el fin.
Por lo que los pecados contra estos tres preceptos son siempre mortales.

7. En cambio los restantes siete preceptos del decálogo se refieren a los medios.
Ahora bien algunos medios son de por sí malos, como por ejemplo matar, cometer actos impuros, dar falso testimonio, robar…
Entonces estos medios nunca podrán ser buenos con la excusa de que el fin es bueno. Puede que subjetivamente sean pecado venial en razón de la imperfección del acto.
Dice Santo Tomás: “sin embargo, es menester tener en cuenta que todos los pecados que son mortales por su género, lo son sólo cuando alcanzan su perfección” (II-II, 35, 3).
Para que nos entendamos: no hay pecado mortal si hay un movimiento inicial, pero enseguida se rehúsa.
Puede ser que haya pecado venial, porque la materia que puede haber en estos preceptos es leve, con excepción del quinto y el sexto, en los que la materia siempre es grave.

8. Otros medios en cambio, son por sí mismos buenos, como los afectos familiares, proveer a las necesidades propias con el alimento, el vestido, cuidar del propio honor, de la buena fama…
Entonces, por ejemplo, nos enconramos ante una situación de pecado venial, al comer demasiado o demasiado poco, cuando hay un excesivo apego al vestir o no se tiene cuidado por el propio aspecto en un lugar sagrado o en relación a las personas, cuando hay un desordenado apego al propio honor o buena fama.
Este es el ámbito propio del pecado venial. Los medios son buenos. Pero puede que haya algún desorden en su práctica.

9. Afirmar simplemente que es pecado mortal aquel que se comete directamente contra la caridad, podría dar origen a una confusión que ocurrió con algunos teólogos jesuitas a fines del 1600 cuando dijeron que es pecado mortal solamente lo que has hecho directamente contra Dios.
Es decir, si la materia es grave, pero no se comete contra Dios, no obstante la gravedad, no sería mortal.
Esta opinión fue condenada por Alejandro VIII el 24 de agosto de 1690 y fue juzgada como  “scandalosa, temeraria, piarum aurium offensiva et erronea” (escandalosa, temeraria, ofensiva a oídos piadosos y errónea).
Los dos jesuitas se retractaron.

10. Este error fue nuevamente condenado por Juan Pablo II ya que a partir de los años 60 del siglo pasado algunos volvieron a proponerlo con otra terminología.
Habría pecado mortal solamente cuando queda eliminada la opción fundamental hacia el bien, mientras que estaríamos ante un pecado grave, pero no mortal cuando, si bien se peca en materia grave no queda excluida la opción fundamental.
Por tanto las fornicaciones, los adulterios, los robos, que en realidad no se cumplen directamente contra Dios, es más, ni siquiera se piensa en ello, no serían mortales, sino sólo graves.
Lo cual lleva a decir que si no son mortales, se consideran todavía dentro de la categoría de los veniales, si bien de un modo más pronunciado o más grave.

11. Sigue lo que dijo Juan Pablo II en la exhortación post sinodal Reconciliatio et poenitentia: “Durante la asamblea sinodal algunos Padres propusieron una triple distinción de los pecados, que podrían clasificarse en veniales, graves y mortales. Esta triple distinción podría poner de relieve el hecho de que existe una gradación en los pecados graves. Pero queda siempre firme el principio de que la distinción esencial y decisiva está entre el pecado que destruye la caridad y el pecado que no mata la vida sobrenatural; entre la vida y la muerte no existe una vía intermedia…
Por esto, el pecado grave se identifica prácticamente, en la doctrina y en la acción pastoral de la Iglesia, con el pecado mortal” (RP 17).

12. Por lo tanto yo mejoraría tu afirmación diciendo que hay pecado grave cuando se actúa directa o indirectamente contra la caridad, cumpliendo aquello que objetivamente está contra la voluntad de Dios.
De esta manera evitamos desde el principio posibles malentendidos.

Te agradezco también por los buenos deseos en ocasión de la fiesta de la Virgen del Santo Rosario, proclamada por el dominico San Pío V, Reina de las Victorias.
Es la patrona de nuestra Orden.
Deseando que tú también puedas cosechar una victoria tras otra con esa arma potente y estupenda que es el Santo Rosario, te bendigo y recuerdo en la oración.
Padre Angelo