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Pregunta
Buenos días,
leí en vuestro sitio acerca de la posibilidad de que un sacerdote conteste a las preguntas de los fieles.
Doy gracias por ello.
Quisiera exponer dos preguntas acerca de mis dudas. Y son: 1) Es pecado, según usted, comprar mercadería de un particular que tendría que tener partida IVA y permisos especiales? (Según mi opinión, corríjame si me equivoco, comprar donde él, es como si lo estuviera estimulando a seguir así).
Quisiera aclarar que los bienes que deseo no son de vital importancia y que le compraría a esta persona no para pagar menos, sino porque es la única posibilidad que tengo más cerca para adquirirlos.
Al contrario, me haría mucho más feliz pagar lo debido, con las tasas incluidas. A su criterio, yo violaría el mandamiento que ordena no robar si compro donde él?
2) He leído en un sitio de Internet que quienes están sujetos a la autoridad deben considerar a sus superiores como representantes de Dios, que los ha constituido como ministros de sus dones: «Respeten a toda autoridad humana como quiere el Señor […].
Procedan como hombres verdaderamente libres, obedeciendo a Dios, y no como quienes hacen de la libertad una excusa para su malicia» (1 Pt 2,13.16). La lealtad en la colaboración entre ciudadanos, implica que a veces se deba tomar posición frente a situaciones que parecen perjudicar a la dignidad de la personas y al bien común.
Entonces el sometimiento a la ley humana es requerido justamente por los mandamientos. Por tanto le pregunto: yo decido no respetar una prohibición humana pero no perjudico directamente a nadie. Pero si miro a esta misma ley bajo el aspecto colectivo (como si todos la trasngredieran, pero por suerte no es así), entiendo que es útil para el bien común, yo sería culpable?
Muchas gracias, sinceramente por la atención.
Le envío cordiales saludos.
Respuesta del sacerdote
Muy querido,
te contesto recordando algunos principios de teología moral, por los que a decir verdad, no haría falta incomodar a la teología ya que se puede llegar a la respuesta con el simple sentido común.
1. El deber de la ley humana es determinar y prolongar la ley natural hasta en los detalles más mínimos.
Se da la posibilidad de que en este largo proceso, las conclusiones establecidas por la autoridad puedan ser erradas, ya sea por un error deductivo, ya por ser inadecuadas, ya por una evidente injusticia.
Es del todo claro que en estos casos, la ley humana no puede ser puesta en práctica.
2. En las demás determinaciones, que son casi todas, el legislador sabe ya de antemano, que sus directivas pueden ser aplicadas en el «ut in pluribus» (en la mayoría) de los casos, mientras que «ut in paucioribus» (en algunos pocos) habrán excepciones.
Está en este horizonte la llamada epikeia, que consiste en una concreta transgresión de la ley escrita para obedecer a una ley superior.
Así pues, no se trata de desobedecer a la ley, sino de observarla en su significado más genuino.
Obstinarse en estos casos a obedecer a la letra la ley, haría que el “summum ius” (el derecho supremo) constituya una “summa iniuria” (una suma injuria).
3. Todos los sabios legisladores reconocen la epikeia,“ne summus ius fiat summa iniuria” (para que la rígida observancia del derecho no se convierta en una suma injuria).
Hay que pensar en los diferentes mandatos en los que no se pueden incluir en el texto de la ley todas las posibles e imaginables excepciones.
Por ejemplo, el legislador sabe de antemano que si impone la ley marcial que prohíbe a los ciudadanos salir de sus casas durante la noche, esta ley no podrá ser observada en caso de terremoto, bombardeo, etc..
4. Ahora, examinando de cerca los casos que has presentado, por cierto que las compraventas tienen que ser reglamentadas por la autoridad para que nadie se aproveche yendo en contra la más elementales exigencias de la justicia equiparativa y de la justicia social.
Pero al mismo tiempo ha de considerarse la situación existencial de los sujetos, porque la extrema observancia del derecho puede llegar a perjudicar a los más débiles, poniéndolos en condiciones no sólo de no obtener ganancia alguna, sino hasta de no poder pagar los impuestos que a veces afectan de igual manera tanto a los privilegiados, cuanto a los que están en objetivas condiciones de fragilidad.
5. Entonces ha de tenerse en cuenta, claro está, de la ley que normalmente hay que respetar, pero también del sentido común, no yendo más allá de lo que un sabio legislador ha establecido. Y esto, justamente porque la rigidez en la observación de la ley no se convierta en una suma injuria.
Te deseo todo bien y además una santa Navidad rica de gracia y de paz, te recuerdo al Señor y te bendigo.
Padre Angelo