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Pregunta
Querido Padre Ángel,
en este período jubilar reflexiono a menudo sobre la cuestión de las indulgencias.
Me queda claro -creo- la «dinámica» que les concierne, y también su fundamento bíblico.
Sin embargo, tengo cierta dificultad para «digerir» el sistema aparentemente (y subrayo «aparentemente») muy mecánico con el que suelen ser «experimentadas» por los fieles. En el fondo, me atrevo a decir que me parece reductivo subordinar -como muchos parecen hacer- un desenlace tan importante como es la extensión de nuestra (posible) estancia en el Purgatorio a la pura realización de una serie de actos determinados de tal de manera mecánica, precisamente, como para dar la impresión de que luego pueden ser vividas olvidando que se trata -al menos para dos de estos actos- de Sacramentos y no de simples elementos colaterales a implementar rutinariamente para llegar al anhelada indulgencia plenaria.
Esto se aplica a sacramentos como la Comunión y la Reconciliación, por lo tanto, pero no solo: también a prácticas muy importantes como el Santo Rosario.
Por ejemplo, escuché a personas -especialmente a los ancianos- tan imbuidas de este «mecanismo» como para disminuir la importancia del Santo Rosario rezado solo «porque para la indulgencia hay que rezarlo públicamente», como si el Santo Rosario tuviera como único objetivo obtener la indulgencia y no fuera el rosario mismo, en sí mismo, un tesoro invaluable. Esto, por supuesto, es solo un ejemplo, habría muchos más para dar testimonio de esta visión generalizada.
Precisamente porque no quiero quitarle nada (Dios no lo quiera…) a la importancia de las indulgencias, me pregunto si la respuesta a mi duda está en esas palabras que muchos fieles parecen olvidar al hablar de las indulgencias, es decir ese “repudio total incluso por el pecado venial” que es tan difícil de lograr (y es tan descuidado por los fieles) que, de hecho, las indulgencias realmente ganadas son quizás solo una parte muy pequeña de las que la gente cree ganar. ¿Es así? ¿Puede aclararme este punto?
Gracias por su respuesta, le ofrezco una oración de mi parte, esta noche, frente al Santísimo Sacramento.
Respuesta del sacerdote
Muy caro,
1. desgraciadamente lo que has visto y oído sobre las indulgencias es real. Mucha gente asocia una indulgencia simplemente con un acto material.
Me encontré cruzando la puerta santa al comienzo del año jubilar al lado de una persona que rara vez va a la iglesia y siguió así después de participar en esa celebración.
2. Ahora bien, si el acto de atravesar la puerta santa es símbolo de un cambio de conducta y va acompañado de una sincera confesión sacramental de los propios pecados y de la Sagrada Comunión, no hay nada que decir. Al contrario.
Pero si el gesto se hizo sólo porque es hermoso, porque se hace pocas veces, porque hay tanta gente, sin estar acompañada de la voluntad de ser desarraigados de los pecados, voluntad que se manifiesta con la confesión sacramental, se puede decir que una buena obra, pero no haber realizado el acto exigido por el Jubileo.
3. Ahora bien, de todos los actos realizados para tomar la indulgencia, el interior es el principal y fundamental.
Hasta el punto de que para los enfermos o para otros impedidos se prescinde del acto externo (cruzar la puerta santa). Pero no puede haber dispensa de la voluntad de desarraigarse de los propios pecados.
Porque precisamente a eso apunta la indulgencia: a dar un nuevo salto en la conversión y en la santidad de vida.
La Iglesia «premia» y estimula esta voluntad con la indulgencia aprovechando los méritos de Cristo y de los santos.
4. Santo Tomás dice que las indulgencias “Valen ya en cuanto al tribunal de la Iglesia, ya en cuanto al juicio de Dios para la remisión de la pena que queda después de la contrición, y confesión y absolución, sea que esté impuesta o no lo esté.
La razón por la que pueden valer es la unidad del cuerpo místico en la cual hay muchos individuos que hicieron muchas obras de penitencia que no debieron hacer, y sufrieron pacientemente injustas tribulaciones, por las que hubieran podido espiar una multitud de penas si las hubieran debido: la abundancia de sus méritos es tan grande, que excede a toda la pena debida por todos los que ahora viven.” (Suplemento a la Suma Teológica, 25,1).
5. No basta el estado de gracia -que también es fundamental- para adquirir la indulgencia, sino que es necesaria también la confesión sacramental que elimina todos los pecados.
Y se requiere una confesión en la que no quede ningún afecto por ningún pecado.
De lo contrario, la indulgencia no será plenaria, es decir, no remitirá toda la pena.
6. Gracias por darme la oportunidad de resaltar estos aspectos incluso si la respuesta se publicará cuando el año de la misericordia ya haya terminado. Pero las indulgencias plenarias no están ligadas únicamente al año jubilar.
Hay varias vinculadas a otras prácticas, como la del Santo Rosario rezado en un oratorio o en grupo o familia.
Oratorio, grupo o familia están determinados por la Iglesia para favorecer la oración en un lugar sagrado, donde es más fácil el recogimiento, y en grupo o en familia porque a muchos les ayuda a orar a la presencia de los demás.
Te recuerdo al Señor y te bendigo.
Padre Angelo