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Queridísimo Padre,                             
tengo una inquietud: ¿de qué manera el sufragio para los difuntos actúa sobre sus almas si éstas ya tuvieron su juicio?                            
Por lo que sé, al morir una persona, el alma se separa de su cuerpo y enseguida comparece ante Dios para recibir un primer juicio, es decir: paraíso, purgatorio o infierno. Al fin de los tiempos, con el regreso de Cristo, también los cuerpos resucitarán y se juntarán con el alma, allí donde ellas se encuentren (segundo juicio).                                                           Pero, si el primer juicio se da enseguida después de la muerte, ¿cómo es que las oraciones, las misas y las obras de caridad pueden evitar la condenación, puesto que es imposible que se realicen en “el instante cero” cuando muere la persona?            
De hecho todas estas obras se llevan a cabo cuando el primer juicio ha tenido lugar, en el mismo instante de la muerte.   
Espero haberme explicado. Le agradezco y le envío cordiales saludos.
Ettore C.


Respuesta del sacerdote 

Querido Ettore,                                         
1. nuestras oraciones benefician a los difuntos sólo si están en el purgatorio o en el paraíso.

2. Se benefician las almas del purgatorio porque son almas santas, aunque están allí para purificarse.                     
Justamente porque son santas, están en gracia de Dios.                                           
Y es en virtud de la caridad por la que formamos un solo cuerpo, que podemos ayudarnos mutuamente de la misma forma en que el beneficio de una parte del cuerpo aprovecha a todo el organismo.

3. En el Catecismo de la Iglesia Católica leemos:  “Esta enseñanza se apoya también en la práctica de la oración por los difuntos, de la que ya habla la Escritura: «Por eso mandó [Judas Macabeo] hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos, para que quedaran liberados del pecado» (2 Mac 12, 46). Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (cf. DS 856), para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos” (CIC 1032).

4. Seguidamente hay una hermosa citación de San Juan Crisóstomo: «Llevémosles socorros y hagamos su conmemoración. Si los hijos de Job fueron purificados por el sacrificio de su padre (cf. Jb 1, 5), ¿por qué habríamos de dudar de que nuestras ofrendas por los muertos les lleven un cierto consuelo? […] No dudemos, pues, en socorrer a los que han partido y en ofrecer nuestras plegarias por ellos» (San Juan Crisóstomo, In epistulam I ad Corinthios homilia 41, 5).

5. El mismo Catecismo agrega: “Nuestra oración por ellos puede no solamente ayudarles, sino también hacer eficaz su intercesión en nuestro favor” (CCC 958).

6. Si esto vale para las almas del Purgatorio, cuanto más no lo será para los que están en el paraíso: nuestra oración hacia ellos abre un portal en el cielo y hace que su intercesión en nuestro favor sea eficaz.                                                  
¿No es hermoso esto?

7. Por lo tanto, podemos ser de provecho también para los que se encuentran en el paraíso, aumentando su gloria accidental, como dicen los teólogos.                           
Si la gloria esencial consiste en conocer, amar y poseer a Dios de forma definitiva (esta gloria no puede crecer ni disminuir), la gloria accidental consiste en darles la posibilidad y la alegría de dispensar las gracias del cielo.                                      
Su gloria accidental puede crecer hasta el día del juicio Universal.    
Encomendándonos a su intercesión ¡nos hacemos bien y se lo hacemos también a ellos!
Te bendigo, te deseo todo bien y te recuerdo en la oración.
Padre Angelo